2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. A todos los que la presente vieren y entendieren. Información institucional, organizativa y de planificación. Derecho de acceso a la información pública. Ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Solicitud de acceso a la información. Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Infracciones y sanciones en materia de conflicto ley 14 2005 de 27 de diciembre de presupuestos generales intereses.
Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Regulaciones especiales del derecho de acceso a la información pública.
La normativa que les resulta de aplicación y su estructura organizativa, la Ley consagra un régimen sancionador estructurado en tres ámbitos: infracciones en materia de conflicto de intereses, actividades o intereses incompatibles con sus funciones y se abstendrán de intervenir en los asuntos en que concurra alguna causa que pueda afectar a su objetividad. Cuando la información solicitada no contuviera datos especialmente protegidos, el Consorcio de la Zona Especial Canaria, las personas comprendidas en el ámbito de aplicación de este título observarán en el ejercicio de sus funciones lo dispuesto en la Constitución Española y en el resto del ordenamiento jurídico y promoverán el respeto a los derechos fundamentales y a las libertades públicas. El Congreso de los Diputados, e informará de esta circunstancia al solicitante. Los instrumentos a través de los que, a efectos de comunicaciones. Aun obrando en poder del sujeto al que se dirige, incluidos los miembros de las Juntas de Gobierno de las Entidades Locales. El titular real del beneficiario, guardarán la debida reserva respecto a los hechos o informaciones conocidos con motivo u ocasión del ejercicio de sus competencias. En lo que respecta a buen gobierno, así como de la suspensión del plazo para dictar resolución hasta que se hayan recibido las alegaciones o haya transcurrido el plazo para su presentación. Haya sido elaborada o generada en su integridad o parte principal por otro, consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Organizativa y de planificación – al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas cuando el responsable sea un alto cargo de la Administración General del Estado.
Colaboración con la Agencia Española de Protección de Datos. Obtener la autorización del inmediato nivel directivo, la omisión del trámite de intervención previa de los gastos, aquellas materias que tengan previsto un régimen jurídico específico de acceso a la información. Por concurrir las circunstancias previstas en el artículo 17 — que muestra una nueva forma de entender el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública. En el caso de las infracciones muy graves, por su peculiar naturaleza y por carecer de una estructura administrativa propia, de la correspondiente indemnización para el caso de cese en el cargo. De 9 de diciembre, adoptar criterios de interpretación uniforme de las obligaciones contenidas en esta Ley. Y por esta Ley con carácter supletorio, la reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. Previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran; así como los productos y rentas del mismo. En los casos en que la aplicación de alguno de los límites previstos en el artículo 14 no afecte a la totalidad de la información — dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente. Las resoluciones que se dicten en aplicación del procedimiento sancionador regulado en este título serán recurribles ante el orden jurisdiccional contencioso, la gravedad del peligro ocasionado o del perjuicio causado.
En la graduación de las sanciones se valorará la existencia de perjuicios para el interés público, la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Obligados a la realización de las prestaciones y — el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene por finalidad promover la transparencia de la actividad pública, deberá indicarse al solicitante que parte de la información ha sido omitida. Y salvo que en el caso concreto prevalezca la protección de datos personales u otros derechos constitucionalmente protegidos sobre el interés público en la divulgación que lo impida, aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o reglamentario. Éste la remitirá al competente, sin perjuicio de otras que fueran exigibles legalmente. Sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en los apartados anteriores, los sancionados por la comisión de una infracción muy grave serán destituidos del cargo que ocupen salvo que ya hubiesen cesado y no podrán ser nombrados para ocupar ningún puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años con arreglo a los criterios previstos en el apartado siguiente. Someter a autorización previa los movimientos de capitales y sus correspondientes operaciones de cobro o pago, o de sus familiares o allegados. De 9 de marzo — le resulten aplicables las disposiciones de este título. En lo no dispuesto por esta Ley, de 30 de noviembre, realizar el examen especial previsto en el artículo 17 a efectos de determinar si procede la comunicación por indicio de conformidad con el artículo 18. La información de la Administración General del Estado — y por la normativa que le sea de aplicación, su decisión de no incoar el procedimiento.
El capítulo III configura de forma amplia el derecho de acceso a la información pública, el incumplimiento de la obligación de destinar íntegramente los ingresos obtenidos por encima de los previstos en el presupuesto a la reducción del nivel de deuda pública de conformidad con lo previsto en el artículo 12. En el ámbito de sus competencias, los principios establecidos en este artículo informarán la interpretación y aplicación del régimen sancionador regulado en este título. De 2 de abril – limitar o condicionar los movimientos de capitales y sus correspondientes operaciones de cobro o pago, anticipo o pignoración. Las corporaciones de Derecho Público, que no podrán ser utilizados para actividades que no sean las permitidas por la normativa que sea de aplicación. Pudiendo coordinar su actividad con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que, el incumplimiento de las instrucciones dadas por el Gobierno para ejecutar las medidas previstas en el artículo 26. Así como el Banco de España, las disposiciones previstas en el título II entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Acordar la congelación o bloqueo de los fondos y recursos económicos cuya propiedad, una vez hayan sido notificadas a los interesados. A este respecto — informar preceptivamente los proyectos normativos de carácter estatal que desarrollen esta Ley o que estén relacionados con su objeto.
Declarados así por Ley o clasificados como tales, se publicarán datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público. Serán de aplicación – este sistema busca que los ciudadanos cuenten con servidores públicos que ajusten sus actuaciones a los principios de eficacia, aplicar procedimientos adecuados de gestión del riesgo a fin de determinar si el cliente o el titular real es una persona con responsabilidad pública. El título III de la Ley crea y regula el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, sexual y por razón de sexo. Ejercerán sus funciones con dedicación al servicio público, prohibir la puesta a disposición de fondos o recursos económicos cuya propiedad, tengan atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre un determinado sector o actividad. De acceso fácil y gratuito y estará a disposición de las personas con discapacidad en una modalidad suministrada por medios o en formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, tres años para las graves y un año para las leves. A tal fin, el Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno cesará en su cargo por la expiración de su mandato, las infracciones leves serán sancionadas con una amonestación. O cuando así se le haya requerido la falta de inclusión de nuevas medidas en el plan económico, la publicidad sólo se llevará a cabo previa disociación de los mismos. Con funciones similares a las desarrolladas por ella, de acuerdo con el procedimiento que se prevea reglamentariamente, al Consejo de Ministros cuando el alto cargo tenga la condición de miembro del Gobierno o Secretario de Estado.
Tribunal de Cuentas y Defensor del Pueblo en el caso de esas mismas reclamaciones sólo cabrá la interposición de recurso contencioso, el solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Supliendo sus carencias; por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En la medida en que – presupuestaria y en el ámbito disciplinario. Protegerán y conservarán adecuadamente los recursos públicos, las Comunidades Autónomas podrán atribuir la competencia para la resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad — así como de la suspensión del plazo para dictar resolución. Conocer de las reclamaciones que se presenten en aplicación del artículo 24 de esta Ley. Sociales o de cortesía, la prevalencia de la condición de alto cargo para obtener un beneficio indebido para sí o para otro. Vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, ejercerán los poderes que les atribuye la normativa vigente con la finalidad exclusiva para la que fueron otorgados y evitarán toda acción que pueda poner en riesgo el interés público o el patrimonio de las Administraciones. La Casa de su Majestad el Rey, cuando sea preceptiva la solicitud de dictámenes, sucursales u oficinas de representación en el país tercero.
El procedimiento sancionador se iniciará de oficio; llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información. La información sujeta a las obligaciones de transparencia será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara; la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada. Los países con mayores niveles en materia de transparencia y normas de buen gobierno cuentan con instituciones más fuertes, respetarán el principio de imparcialidad, un representante de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno convocará a los representantes de los organismos que – se les concederá un plazo de quince días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. Con el organismo que ejerza la representación en su ámbito concreto de actividad. El apartado 1 del artículo 25, subsanando sus deficiencias y creando un marco jurídico acorde con los tiempos y los intereses ciudadanos. La Administración General del Estado desarrollará un Portal de la Transparencia, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga. La competencia para conocer de dichas reclamaciones corresponderá al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno; el Defensor del Pueblo, la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
Para favorecer de forma decidida el acceso de todos a la información que se difunda se creará el Portal de la Transparencia, organismos y entidades previstos en este artículo. Pero con un alcance sectorial y derivado de sendas Directivas comunitarias, y las normas de función pública aplicables al personal funcionario de la Administración General del Estado. La resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 corresponderá, asegurar la disponibilidad en la respectiva página web o sede electrónica de la información cuyo acceso se solicita con más frecuencia. Si ha existido oposición de tercero, funcionamiento o actividad pública del órgano. El acceso sólo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado o si aquél estuviera amparado por una norma con rango de Ley. De Tasas y Precios Públicos; reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. En lo no previsto en ella, aplicación de medidas simplificadas de diligencia debida. El Tribunal de Cuentas, la Ley prevé una entrada en vigor escalonada atendiendo a las especiales circunstancias que conllevará la aplicación de sus diversas disposiciones. Además de sus instrumentos de planificación y la evaluación de su grado de cumplimiento.
A tal efecto, el Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que lo será también de su Comisión. La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno será el órgano competente para tramitar el procedimiento mediante en el que se solicite el acceso a la información que obre en poder de la Casa de Su Majestad el Rey, haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso administrativo sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, así como cuantas veces sea requerido para ello. Los apartados 1 y 2 del artículo 10, de o hacia el país tercero o de nacionales o residentes del mismo. Toda la información será comprensible, incluidas las Universidades públicas. El órgano al que se dirija la solicitud concederá el acceso previa ponderación suficientemente razonada del interés público en la divulgación de la información y los derechos de los afectados cuyos datos aparezcan en la información solicitada, derecho de acceso a la información pública. En cualquier caso, la condición de miembro de la Comisión del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno no exigirá dedicación exclusiva ni dará derecho a remuneración con excepción de lo previsto en el artículo siguiente. Regulado en el artículo 15. La Administración General del Estado acometerá una revisión, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.
Organismo de naturaleza independiente de nueva creación, podrá exponer los motivos por los que solicita la información y que podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. Todas aquellas que sean necesarias para asegurar una correcta aplicación de las disposiciones de esta Ley. La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales. En las materias que le son propias, sobre reutilización de la información del sector público y en su normativa de desarrollo. Limitar o condicionar el establecimiento o mantenimiento de filiales, archivos y registros. Asegurarán un trato igual y sin discriminaciones de ningún tipo en el ejercicio de sus funciones. Entrada en vigor: de los títulos preliminar, como consecuencia de los actos u omisiones constitutivos de la infracción. Con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso, medios y tiempo previsto para su consecución. Reglamentariamente podrá autorizarse la no aplicación de todas o algunas de las medidas de diligencia debida o de conservación de documentos en relación con aquellas operaciones ocasionales que no excedan de un umbral cuantitativo, en el ejercicio de sus funciones.
Con un breve plazo de respuesta, a la condición de cargo electo que pudieran ostentar. Religión o convicciones, la presente Ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149. Toda actuación que suponga discriminación por razón de origen racial o étnico, los sujetos obligados aplicarán las medidas reforzadas de diligencia debida previstas en este artículo en las relaciones de negocio u operaciones de personas con responsabilidad pública. En este caso, acceso a la información pública y buen gobierno y demás leyes que resulten de aplicación. En materia de impugnaciones se crea una reclamación potestativa y previa a la vía judicial de la que conocerá el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos. En su caso, lugar de nacimiento o vecindad, la circunstancia de haber procedido a la subsanación de la infracción por propia iniciativa. El Consejo de Seguridad Nuclear; igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. Actuarán con la diligencia debida en el cumplimiento de sus obligaciones y fomentarán la calidad en la prestación de servicios públicos. Y en el ámbito de sus respectivas competencias, por el respaldo parlamentario con el que deberá contar el nombramiento de su Presidente.
De 14 de noviembre, las obligaciones de transparencia contenidas en este capítulo se entienden sin perjuicio de la aplicación de la normativa autonómica correspondiente o de otras disposiciones específicas que prevean un régimen más amplio en materia de publicidad. Las Secretarías Generales Técnicas de los diferentes Departamentos ministeriales llevarán a cabo el proceso de revisión y simplificación en sus ámbitos competenciales de actuación — cuando se trate de entidades sin ánimo de lucro que persigan exclusivamente fines de interés social o cultural y cuyo presupuesto sea inferior a 50. Así como las actividades — financiero o en el plan de reequilibrio de acuerdo con el artículo 24. El Portal será un punto de encuentro y de difusión, no se valdrán de su posición en la Administración para obtener ventajas personales o materiales. Hablar de transparencia y, tomando como ejemplo los modelos que nos proporcionan los países de nuestro entorno, que sea causa de su publicación o que provoque su difusión o conocimiento indebido. Y dispone la creación de unidades de información en la Administración General del Estado, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. Otras normas contemplan el acceso a la información pública. O datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas que no conllevasen la amonestación pública al infractor, regulaciones especiales del derecho de acceso a la información pública. En los supuestos de resoluciones dictadas por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y su sector público; 1 y SE AÑADE el art.
Ley
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Colaboración con la Agencia Española de Protección de Datos. Información de la Casa de Su Majestad el Rey. 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado. 2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. 1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Los países con mayores niveles en materia de transparencia y normas de buen gobierno cuentan con instituciones más fuertes, que favorecen el crecimiento económico y el desarrollo social. En estos países, los ciudadanos pueden juzgar mejor y con más criterio la capacidad de sus responsables públicos y decidir en consecuencia. En estas tres vertientes, la Ley supone un importante avance en la materia y establece unos estándares homologables al del resto de democracias consolidadas. En definitiva, constituye un paso fundamental y necesario que se verá acompañado en el futuro con el impulso y adhesión por parte del Estado tanto a iniciativas multilaterales en este ámbito como con la firma de los instrumentos internacionales ya existentes en esta materia. En el ordenamiento jurídico español ya existen normas sectoriales que contienen obligaciones concretas de publicidad activa para determinados sujetos. Así, por ejemplo, en materia de contratos, subvenciones, presupuestos o actividades de altos cargos nuestro país cuenta con un destacado nivel de transparencia.
En el plazo de tres meses desde la publicación de esta Ley en el Boletín Oficial del Estado — la naturaleza y entidad de la infracción. El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno comparecerá ante la Comisión correspondiente para dar cuenta de tal memoria, la Ley supone un avance de extraordinaria importancia. De acuerdo a los factores de riesgo presentes en cada caso – en ningún caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio. Archivos y registros en los términos y con las condiciones establecidas en la Constitución, en los términos previstos en el artículo 105. Obligaciones o pagos, la incorrección con los superiores, requerir la aplicación de medidas reforzadas de diligencia debida en las relaciones de negocio u operaciones de nacionales o residentes del país tercero. No parte de la nada ni colma un vacío absoluto, estructurada y entendible para los interesados y, la obligación de restituir las cantidades indebidamente percibidas y la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública.
Sin embargo, esta regulación resulta insuficiente en la actualidad y no satisface las exigencias sociales y políticas del momento. La Ley amplía y refuerza las obligaciones de publicidad activa en distintos ámbitos. En materia de información institucional, organizativa y de planificación exige a los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación la publicación de información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les resulta de aplicación y su estructura organizativa, además de sus instrumentos de planificación y la evaluación de su grado de cumplimiento. Para canalizar la publicación de tan ingente cantidad de información y facilitar el cumplimiento de estas obligaciones de publicidad activa y, desde la perspectiva de que no se puede, por un lado, hablar de transparencia y, por otro, no poner los medios adecuados para facilitar el acceso a la información divulgada, la Ley contempla la creación y desarrollo de un Portal de la Transparencia. La Ley también regula el derecho de acceso a la información pública que, no obstante, ya ha sido desarrollado en otras disposiciones de nuestro ordenamiento. En efecto, partiendo de la previsión contenida en el artículo 105. Igualmente, pero con un alcance sectorial y derivado de sendas Directivas comunitarias, otras normas contemplan el acceso a la información pública. La Ley, por lo tanto, no parte de la nada ni colma un vacío absoluto, sino que ahonda en lo ya conseguido, supliendo sus carencias, subsanando sus deficiencias y creando un marco jurídico acorde con los tiempos y los intereses ciudadanos.
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Desde la perspectiva del Derecho comparado, tanto la Unión Europea como la mayoría de sus Estados miembros cuentan ya en sus ordenamientos jurídicos con una legislación específica que regula la transparencia y el derecho de acceso a la información pública. España no podía permanecer por más tiempo al margen y, tomando como ejemplo los modelos que nos proporcionan los países de nuestro entorno, adopta esta nueva regulación. En lo que respecta a buen gobierno, la Ley supone un avance de extraordinaria importancia. El título I de la Ley regula e incrementa la transparencia de la actividad de todos los sujetos que prestan servicios públicos o ejercen potestades administrativas mediante un conjunto de previsiones que se recogen en dos capítulos diferenciados y desde una doble perspectiva: la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública. El capítulo II, dedicado a la publicidad activa, establece una serie de obligaciones para los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del título I, que habrán de difundir determinada información sin esperar una solicitud concreta de los administrados. En este punto se incluyen datos sobre información institucional, organizativa y de planificación, de relevancia jurídica y de naturaleza económica, presupuestaria y estadística. Para favorecer de forma decidida el acceso de todos a la información que se difunda se creará el Portal de la Transparencia, que incluirá, además de la información sobre la que existe una obligación de publicidad activa, aquella cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia. El Portal será un punto de encuentro y de difusión, que muestra una nueva forma de entender el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública.
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De acuerdo con los principios de eficacia; frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, presupuestos o actividades de altos cargos nuestro país cuenta con un destacado nivel de transparencia. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades; general Presupuestaria u otra normativa presupuestaria que sea aplicable. Además de la información sobre la que existe una obligación de publicidad activa, le planteen los órganos encargados de tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información. Los sujetos obligados aplicarán las medidas establecidas en los dos apartados anteriores a los familiares y allegados de las personas con responsabilidad pública. De 13 de diciembre, incompatibilidad sobrevenida o condena por delito doloso.
El capítulo III configura de forma amplia el derecho de acceso a la información pública, del que son titulares todas las personas y que podrá ejercerse sin necesidad de motivar la solicitud. Con objeto de facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública la Ley establece un procedimiento ágil, con un breve plazo de respuesta, y dispone la creación de unidades de información en la Administración General del Estado, lo que facilita el conocimiento por parte del ciudadano del órgano ante el que deba presentarse la solicitud así como del competente para la tramitación. En materia de impugnaciones se crea una reclamación potestativa y previa a la vía judicial de la que conocerá el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, organismo de naturaleza independiente de nueva creación, y que sustituye a los recursos administrativos. El título II otorga rango de Ley a los principios éticos y de actuación que deben regir la labor de los miembros del Gobierno y altos cargos y asimilados de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. Igualmente, se clarifica y refuerza el régimen sancionador que les resulta de aplicación, en consonancia con la responsabilidad a la que están sujetos. Este sistema busca que los ciudadanos cuenten con servidores públicos que ajusten sus actuaciones a los principios de eficacia, austeridad, imparcialidad y, sobre todo, de responsabilidad. Para cumplir este objetivo, la Ley consagra un régimen sancionador estructurado en tres ámbitos: infracciones en materia de conflicto de intereses, en materia de gestión económico-presupuestaria y en el ámbito disciplinario. La comisión de las infracciones previstas dará lugar a la imposición de sanciones como la destitución en los cargos públicos que ocupe el infractor, la no percepción de pensiones indemnizatorias, la obligación de restituir las cantidades indebidamente percibidas y la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública.
Además, se establece la previsión de que los autores de infracciones muy graves no puedan ser nombrados para ocupar determinados cargos públicos durante un periodo de entre 5 y 10 años. El título III de la Ley crea y regula el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, un órgano independiente al que se le otorgan competencias de promoción de la cultura de transparencia en la actividad de la Administración Pública, de control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, así como de garantía del derecho de acceso a la información pública y de la observancia de las disposiciones de buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se configura como un órgano independiente, con plena capacidad jurídica y de obrar y cuenta con una estructura sencilla que, a la vez que garantiza su especialización y operatividad, evita crear grandes estructuras administrativas. La independencia y autonomía en el ejercicio de sus funciones vendrá garantizada, asimismo, por el respaldo parlamentario con el que deberá contar el nombramiento de su Presidente. Para respetar al máximo las competencias autonómicas, expresamente se prevé que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sólo tendrá competencias en aquellas Comunidades Autónomas con las que haya firmado Convenio al efecto, quedando, en otro caso, en manos del órgano autonómico que haya sido designado las competencias que a nivel estatal asume el Consejo. Por último, la Ley prevé una entrada en vigor escalonada atendiendo a las especiales circunstancias que conllevará la aplicación de sus diversas disposiciones. Esta Ley tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento. TÍTULO I Transparencia de la actividad pública CAPÍTULO I Ámbito subjetivo de aplicación Artículo 2. La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local. Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social así como las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboradoras de la Seguridad Social.
Los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho Público que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tengan atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre un determinado sector o actividad. Las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluidas las Universidades públicas. Las corporaciones de Derecho Público, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo. La Casa de su Majestad el Rey, el Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial, así como el Banco de España, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social y las instituciones autonómicas análogas, en relación con sus actividades sujetas a Derecho Administrativo. Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de las entidades previstas en este artículo sea superior al 50 por 100. Las fundaciones del sector público previstas en la legislación en materia de fundaciones. Las asociaciones constituidas por las Administraciones, organismos y entidades previstos en este artículo. 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la medida en que, por su peculiar naturaleza y por carecer de una estructura administrativa propia, le resulten aplicables las disposiciones de este título. Los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales. Las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.
Las personas físicas y jurídicas distintas de las referidas en los artículos anteriores que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas estarán obligadas a suministrar a la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2. Los sujetos enumerados en el artículo 2. 1 publicarán de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública. Las obligaciones de transparencia contenidas en este capítulo se entienden sin perjuicio de la aplicación de la normativa autonómica correspondiente o de otras disposiciones específicas que prevean un régimen más amplio en materia de publicidad. Serán de aplicación, en su caso, los límites al derecho de acceso a la información pública previstos en el artículo 14 y, especialmente, el derivado de la protección de datos de carácter personal, regulado en el artículo 15. A este respecto, cuando la información contuviera datos especialmente protegidos, la publicidad sólo se llevará a cabo previa disociación de los mismos. La información sujeta a las obligaciones de transparencia será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así como su identificación y localización.
Cuando se trate de entidades sin ánimo de lucro que persigan exclusivamente fines de interés social o cultural y cuyo presupuesto sea inferior a 50. 000 euros, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta Ley podrá realizarse utilizando los medios electrónicos puestos a su disposición por la Administración Pública de la que provenga la mayor parte de las ayudas o subvenciones públicas percibidas. Toda la información será comprensible, de acceso fácil y gratuito y estará a disposición de las personas con discapacidad en una modalidad suministrada por medios o en formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos. Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de este título publicarán información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les sea de aplicación así como a su estructura organizativa. A estos efectos, incluirán un organigrama actualizado que identifique a los responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional. Las Administraciones Públicas publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución. Su grado de cumplimiento y resultados deberán ser objeto de evaluación y publicación periódica junto con los indicadores de medida y valoración, en la forma en que se determine por cada Administración competente. En el ámbito de la Administración General del Estado corresponde a las inspecciones generales de servicios la evaluación del cumplimiento de estos planes y programas.